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    <titulo>Madrid número 9. Demanda 913 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 102 
 Demanda 913 de 2010 
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 913 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Willan Enrique Gálvez Valdivielso y don Camilo Alexander Japón Cruz, contra “Nahuf, Sociedad Limitada”, “Nahuf Desarrollo y Construcción, Sociedad Limitada”, y don Mariano Saiz García, sobre ordinario, se ha dictado auto de prueba, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:
  Diligencia..En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para dar cuenta a su señoría ilustrísima del escrito presentado el 17 de diciembre de 2012 por la parte actora, turnado a este Juzgado el 18 de diciembre de 2012, en el que interesa la pertinencia y admisión de pruebas, a practicar en el acto del juicio oral, doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
  Parte dispositiva:
  Así por este auto digo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 283 y 285 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 90 de la Ley de la Jurisdicción Social, se admite y se declara pertinente la prueba testifical interesada por la parte, y cítese a los testigos propuestos, a fin de que comparezcan al acto del juicio oral, a fin de prestar declaración bajo los apercibimientos legales.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 186 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima, doy fe..El magistrado-juez de lo social (firmado)..El secretario judicial (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nahuf, Sociedad Limitada”, “Nahuf Desarrollo y Construcción, Sociedad Limitada”, y don Mariano Saiz García, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 18 de diciembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
  (03/1.433/13)</texto>
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