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    <identificador>BOCM-20130208-111</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/02/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 1. Procedimiento 291 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>33</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 111 
 Procedimiento 291 de 2012 
  En el presente procedimiento de juicio verbal número 291 de 2012, seguido a instancias de don José Antonio Ramírez Prado, frente a don Miguel Real Tello, doña Soledad Camuñas Mancheño y “Dimapro Distribuidora de Limpieza, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de don José Antonio Ramírez Prado y condeno:
  1.  A “Dimapro Distribuidora de Limpieza, Sociedad Limitada” a abonar al actora la cantidad de 2.925 euros, más los intereses en los términos establecidos en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.
  2.  A don Miguel Real Tello a abonar la cantidad de 2.925 euros, más los intereses en los términos establecidos en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.
  3.  A doña Soledad Camuñas Mancheño a abonar al actor la cantidad de 2.925 euros, más los intereses en los términos establecidos en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.
  4.  Y a todos los anteriores al pago de las costas procesales.
  Notifíquese a las partes esta resolución haciéndoles saber de que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a su notificación por los trámites de los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal), para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, al ser la cuantía del pleito superior a los 3.000 euros. Para la admisión del recurso de apelación, será necesaria la consignación de un depósito de 50 euros (artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Y encontrándose la demandada “Dimapro Distribuidora de Limpieza, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  Torrejón de Ardoz, a 6 de noviembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
  (03/2.603/13)</texto>
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