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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/01/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Cobeña. Régimen económico. Período cobranza 2013 tasas e impuestos municipales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>25</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cobeña</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COBEÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 35 
 Período cobranza 2013 tasas e impuestos municipales 
  Por decreto de Alcaldía, de 8 de enero de 2013, se adoptó el siguiente acuerdo:
  Dada cuenta de la necesidad de aprobar los períodos de cobranza para el ejercicio 2013 de las tasas e impuestos municipales, y en uso de las facultades que me han sido conferidas al efecto he resuelto:
  Primero..Aprobar los períodos de pago voluntario de las siguientes tasas e impuestos municipales para el ejercicio 2013.
  .	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica:
  	Estará al cobro desde el día 1 de marzo al 30 de abril de 2013.
  .	Bajada de aceras y placas de vados:
  	Estará al cobro desde el día 1 de abril al 31 de mayo de 2013.
  .	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica:
  	Recibos no domiciliados: estarán al cobro desde el 1 de octubre de 2013 hasta el 30 de noviembre de 2013.
  	Recibos domiciliados: 
  –	Sin fraccionar: pago único 30 de noviembre de 2013.
  –	Fraccionados:
  	Primer pago: 30 de junio de 2013.
  	Segundo pago: 30 de noviembre de 2013.
  .	Impuesto sobre actividades económicas:
  	Estará al cobro desde el día 1 de octubre al 30 de noviembre de 2013.
  Los pagos se podrán realizar en las fechas señaladas en las cuentas habilitadas a tal efecto en las siguientes entidades bancarias:
  .	“La Caixa”.
  .	“Banco Popular”.
  .	“Bankia”.
  Transcurrido los plazos señalados se procederá al cobro de los recibos que no hayan sido satisfechos, en vía de apremio, con incrementos de los recargos, intereses y costas que procedan.
  Segundo..Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exponerlo al público en los tablones de edictos municipales.
  En Cobeña, a 8 de enero de 2013..El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
  (02/209/13)</texto>
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