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    <fecha_publicacion>2013/01/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 90. Juicio verbal 100 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>23</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 69 
 Juicio verbal 100 de 2012 
  Doña Aurora García Álvarez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid.
  Hago saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de juicio verbal número 100 de 2012, a instancias de don Francisco José Haro Arenas, contra doña Evangeline Llanes Boarao, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado notificar por medio de edicto la sentencia a la demandada rebelde, en ignorado paradero, y cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia
  En Madrid, a 6 de noviembre de 2012..La ilustrísima señora doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 100 de 2012, a instancias de don Francisco José Haro Arenas, representado por la procuradora doña María Luisa Maestre Gómez y asistido por la letrada doña Jaqueline Raquel García de Blance, contra doña Evangeline Llanes Boarao, en nombre de Su Majestad el Rey dicta la presente resolución.
  Fallo
  Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña María Luisa Maestre Gómez, en nombre y representación de don Francisco Haro Arenas, como parte demandante, y contra doña Evangeline Llanes Boarao, como parte demandada, en su virtud debo condenar y condeno a la demandada al pago a la parte actora de la cantidad de 3.794 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la presentación de la demanda.
  Se hace expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte demandada.
  Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme. En efecto, contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha..Doy fe en Madrid.
  Y para que sirva de notificación de la sentencia en forma y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de noviembre de 2012..La secretaria (firmado).
  (02/222/13)</texto>
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