<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130122-88</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/01/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 340 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>18</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-01-22-18100120130197</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/22/BOCM-20130122-88.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/22/BOCM-20130122-88.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/22/BOCM-20130122-88.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/22/BOCM-20130122-88.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 88 
 Ejecución 340 de 2012 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 340 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosario Viciedo José, contra la empresa “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato de trabajo, se ha dictado auto de fecha 11 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución interesada por encontrarse la entidad ejecutada “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en situación de concurso.
  Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de diciembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.556/12)</texto>
</documento>