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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 92 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 60 
 Demanda 92 de 2012 
 Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 92 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Corpa Altagracia Jiménez Batista, contra don Luis Enrique Sáenz Rivera, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
 En Madrid, a 4 de octubre de 2012..La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente
 Sentencia número 353 de 2012
 En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad, seguidos entre las partes: de una, y como demandante, doña Corpa Altagracia Jiménez Batista, con documento nacional de identidad número 53717922-L, defendida por la letrada doña Laura Martín Culebras, y de la otra, como demandados, don Luis Enrique Sáenz Rivera y Fondo de Garantía Salarial.
 Fallo
 Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Corpa Altagracia Jiménez Batista, contra don Luis Enrique Sáenz Rivera y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de 1.113,67 euros, por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 110,25 euros, desestimando las restantes pretensiones deducidas en la demanda. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta resolución.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Luis Enrique Sáenz Rivera, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 27 de noviembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (03/39.933/12)</texto>
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