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    <fecha_publicacion>2012/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Ejecución 89 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 189 
 Ejecución 89 de 2012 
 Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 89 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Medina Ruiz, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Gayza Instalaciones Eléctricas y Redes, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
 Decreto
 En Madrid, a 20 de noviembre de 2012..Por todo lo cual,
 Parte dispositiva:
 A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 4.561,15 euros de principal, 343,90 euros de intereses y 573,17 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Gayza Instalaciones Eléctricas y Redes, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
 Una vez firme la presente resolución publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de Jurisdicción Social).
 Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
 Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).
 Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
 Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
 Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gayza Instalaciones Eléctricas y Redes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 20 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/39.033/12)</texto>
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