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    <fecha_publicacion>2012/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 561 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Demanda 561 de 2011 
 Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 561 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Grzegorz Maj, don Eduard Movsesyan, don Jaroslaw Czeslaw Wiktorowicz, don Karol Mateusz Bak y don Mariusz Artur Urbanzek, contra la empresa “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
 Sentencia número 330 de 2012
 En Madrid, a 12 de noviembre de 2012..Doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Grzegorz Maj, don Eduard Movsesyan, don Jaroslaw Czeslaw Wiktorowicz, don Karol Mateusz Bak y don Mariusz Artur Urbanzek, que comparecen asistidos por el letrado don José Luis Gutiérrez de Cabiedes, y de otra, como demandados, “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada doña María Santas Ara Callizo, ha dictado la siguiente sentencia.
 Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
 Fallo
 Estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Grzegorz Maj, don Eduard Movsesyan, don Jaroslaw Czeslaw Wiktorowicz, don Karol Mateusz Bak y don Mariusz Artur Urbanzek, contra “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores la cantidad que para cada uno de ellos se relaciona por los conceptos y períodos indicados:
 A don Grzegorz Maj: 1.290,44 euros.
 A don Eduard Movsesyan: 1.290,44 euros.
 A don Jaroslaw Czeslaw Wiktorowicz: 2.094,56 euros.
 A don Karol Mateusz Bak: 1.187,25 euros.
 A don Mariusz Artur Urbanzek: 2.094,56 euros.
 Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
 Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 20 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/39.038/12)</texto>
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