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    <fecha_publicacion>2012/12/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento ordinario 813 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>305</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 88 
 Procedimiento ordinario 813 de 2012 
 Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 813 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Lama Jiménez, doña Julia María Hidalgo Calahorra, don Manuel Real Cepeda, don Rafael Vargas Bejarano y doña Rosa María Rojo del Olmo, frente a “Compañía Independiente de Televisión, Sociedad Limitada”, “Distribuidora de Televisión Digital, Sociedad Anónima”, “DTS Distribuidora de Televisión Digital, Sociedad Anónima”, “Plural Entertainment España, Sociedad Limitada”, “Telesela Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada”, y “Telesa Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado autos de fecha 5 y 14 de septiembre de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
 Parte dispositiva:
 Dispongo: archivar las demandas número 813 de 2012 y acumuladas, presentadas por don Manuel Real Cepeda, doña Rosa María Rojo del Olmo, don Rafael Vargas Bejarano don Juan Antonio Lama Jiménez y doña Julia María Hidalgo Calahorra, contra “DTS Distribuidora de Televisión Digital, Sociedad Anónima”, “Compañía Independiente de Televisión, Sociedad Limitada”, “Plural Entertainment España, Sociedad Limitada”, y “Telesela Producciones Audiovisuales, Sociedad Limitada”.
 Notifíquese la presente resolución a las partes.
 Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, siguientes a su notificación.
 Notifíquese la presente resolución a las partes.
 Parte dispositiva:
 Su señoría acuerda que no ha lugar a reponer el auto de fecha 5 de septiembre de 2012 en el sentido de confirmar el mismo en todo su contenido. Contra la presente resolución cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días siguientes a la recepción de la presente resolución.
 Así lo mando y firmo.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
 Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Julia María Hidalgo Calahorra, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 20 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/38.790/12)</texto>
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