<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121219-93</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE MEDIO DEL LOZOYA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/12/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Valle Medio del Lozoya. Régimen económico. Modificación créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>302</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-12-19-302181220120113</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/19/BOCM-20121219-93.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/19/BOCM-20121219-93.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/19/BOCM-20121219-93.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE MEDIO DEL LOZOYA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS “VALLE MEDIO DEL LOZOYA” 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 93 
 Modificación créditos 
 A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pone en conocimiento general que en la Intervención de esta Mancomunidad se haya expuesto el público el expediente de modificación de créditos número 2, por importe de 6.000 euros, que afectará al vigente presupuesto, que fue aprobado inicialmente por el Pleno de esta Mancomunidad en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2012, financiado mediante bajas de partidas presupuestadas.
 Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citada a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del citado artículo, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
 a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 b)	Oficina de presentación: Registro General.
 c)	Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad.
 En Gargantilla del Lozoya, a 15 de diciembre de 2012..El presidente, José María Fernández Martín.
 (03/41.059/12)</texto>
</documento>