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    <titulo>– Alpedrete. Organización y funcionamiento. Reglamento discapacidad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>301</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALPEDRETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 50 
 Reglamento discapacidad 
 El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2012, acordó aprobar provisionalmente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Junta Municipal de la Discapacidad de Alpedrete.
 De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a información pública el expediente de que se trata, por el plazo de quince días hábiles en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de alegaciones y sugerencias. Si en dicho plazo no se presentasen, el acuerdo de aprobación será definitivo.
 Alpedrete, a 3 de diciembre de 2012..La alcaldesa, María Casado Nieto.
 (03/39.400/12)</texto>
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