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    <titulo>– Majadahonda. Régimen económico. Ordenanza ayudas abono transportes personas mayores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MAJADAHONDA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Ordenanza ayudas abono transportes personas mayores 
 El Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda, en su sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2012, acordó aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de las bases para la adjudicación de ayudas económicas para la financiación del abono transportes del Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid para personas mayores en el municipio de Majadahonda, debiendo someterse a información pública mediante publicación en el tablón de edictos y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por un plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
 Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias empezará a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En idéntico plazo se podrá examinar dicho expediente y el texto íntegro de la ordenanza reguladora de las bases para la adjudicación de ayudas económicas para la financiación del abono transportes del Consorcio de Transportes de la Comunidad de Madrid, para personas mayores en el municipio de Majadahonda, en horario de nueve a trece, en la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia, calle del Mayor, número 2.
 En Majadahonda, a 10 de diciembre de 2012..El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.
 (03/40.718/12)</texto>
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