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    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento de despidos/ceses en general 423 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Procedimiento de despidos/ceses en general 423 de 2012 
 Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 423 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Valencia Herrero, frente a “3 LIM 2000, Sociedad Limitada” y “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
 Diligencia de ordenación del secretario judicial don Fernando Alonso de Lera..En Madrid, a 22 de noviembre de 2012.
 Por presentado el anterior escrito por la parte demandante, admítase, únase a los autos de su razón, dese traslado del mismo a la contraparte y, visto su contenido, no estando extinguida la relación laboral, cítese a las partes de comparecencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 276 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Social (en adelante LJS), señalándose el día 10 de enero de 2013, a las nueve horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en calle Princesa, número 3, con la prevención de tener por desistido al trabajador de su solicitud en caso de incomparecencia si consta debidamente citado, y de celebrar dicho acto sin la asistencia de la demandada si no comparece. Acto en el que serían examinadas las partes sobre los hechos alegados, admitiéndose las pruebas solicitadas, citándose al efecto al representante legal de la empresa para la práctica del interrogatorio y requeriéndose a dicha parte para que aporte los documentos solicitados.
 Y dada la incidencia de la actual situación laboral del trabajador en los salarios de tramitación a que se refiere el artículo 279.2.c) de la LJS, en relación con el artículo 209 de la Ley de la Seguridad Social, de conformidad con el Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial y Tesorería General de la Seguridad Social, únase a autos informe de vida laboral del mismo desde la fecha del despido hasta esta fecha.
 Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).
 Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
 Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fina al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
 Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 26 de noviembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (03/39.318/12)</texto>
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