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    <identificador>BOCM-20121214-206</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/12/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Bilbao (Bizkaia) número 10. Social ordinario 133 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>298</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 10 
 EDICTO
 
 206 
 Social ordinario 133 de 2012 
 Doña María Luisa Linaza Vicandi, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Bilbao (Bizkaia).
 Hago saber: Que en autos de lo social ordinario número 133 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Mateo José Luis López Campo, contra Fondo de Garantía Salarial y “Obracar, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
 Auto
 Magistrado-juez de lo social, don Fernando Breñosa Álvarez de Miranda..En Bilbao (Bizkaia), a 29 de junio de 2012.
 Parte dispositiva:
 Que había lugar a aclarar y aclaraba la sentencia en su fundamento de derecho II, párrafo último, y fallo, en el sentido de que la cantidad objeto de la condena lo es la suma de 10.600,81 euros.
 Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos principales.
 Modo de impugnación: contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
 Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado, si fuesen procedentes, se interrumpen, en su caso, por la solicitud, comenzando a computarse desde el día siguiente a la notificación de esta resolución (artículo 267.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
 Lo acuerda y firma su señoría..Doy fe.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes o emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obracar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Bilbao (Bizkaia), a 8 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/37.432/12)</texto>
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