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    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Censo obligados tributarios ejercicio 2012</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 57 
 Censo obligados tributarios ejercicio 2012 
 Se pone en general conocimiento que se halla expuesto al público, en la Unidad de Ingresos y Coordinación, el Censo de Obligados Tributarios correspondiente al ejercicio 2012, según lo expuesto en el artículo 8, apartado B).8 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.
 Plazo de exposición: quince días, a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrá ser examinado y presentar las modificaciones oportunas, y una vez transcurrido dicho plazo los datos se presumirán válidos, no pudiendo los obligados tributarios invocar modificaciones no comunicadas mediante los modelos de declaración correspondientes y sí presentar recursos y reclamaciones en base a lo siguiente:
 De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso de reposición ante el director general de Gestión Tributaria y Recaudación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del censo, o bien, directamente reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo de la ciudad de Móstoles, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública del censo.
 Dependencias municipales donde podrá consultarse:
 .	En el mismo Ayuntamiento, plaza de España, número 1, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.
 .	Oficina de Atención al Contribuyente, calle Rejilla, número 11, de nueve a veinte horas, de lunes a viernes.
 En Móstoles, noviembre de 2012..El director general de Gestión Tributaria y Recaudación, por suplencia temporal (firmado).
 (02/8.810/12)</texto>
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