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    <fecha_publicacion>2012/12/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 1.028 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 213 
 Demanda 1.028 de 2009 
 Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.028 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Abchir, contra “Adrialán Promociones y Obras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
 Que estimando la demanda interpuesta por don Mohamed Abchir, debo condenar y condeno a “Adrialán Promociones y Obras, Sociedad Limitada”, representada por el administrador concursal don Tomás González Calzada, a abonar al primero la cantidad de 2.755,65 euros, incrementada con el 10 por 100 de mora.
 Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
 Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como depósito de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta el Juzgado en la entidad “Banesto”, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Adrialán Promociones y Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Móstoles, a 8 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/37.336/12)</texto>
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