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    <fecha_publicacion>2012/12/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Ejecución 132 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Ejecución 132 de 2012 
 Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 132 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Revuelta García, frente a “Enlace Informático, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
 Parte dispositiva:
 En atención a lo expuesto se acuerda: Declarar a la ejecutada “Enlace Informático, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 14.900,70 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
 Una vez firme la presente resolución publíquese en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil” la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
 Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
 Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
 Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Enlace Informático, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 5 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/37.294/12)</texto>
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