<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121211-59</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>EL ÁLAMO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/12/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– El Álamo. Régimen económico. Prescripción obligaciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>295</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-12-11-295101220120188</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/11/BOCM-20121211-59.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/11/BOCM-20121211-59.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/11/BOCM-20121211-59.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Álamo</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 59 
 Prescripción obligaciones 
 La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Álamo en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2012, acordó aprobar inicialmente el expediente instruido para prescripción de obligaciones reconocidas pendientes de pago con proveedores que no hayan sido reclamadas por los acreedores en el plazo establecido en el artículo 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por importe de 8.710,52 euros.
 El expediente municipal se expone al público por plazo de diez días hábiles, computados desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante dicho plazo los interesados puedan consultarlo y formular las alegaciones que en defensa de sus derechos estimen pertinentes.
 En El Álamo, a 5 de diciembre de 2012..La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.
 (03/40.130/12)</texto>
</documento>