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    <fecha_publicacion>2012/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 569 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>294</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80 
 EDICTO
 
 90 
 Procedimiento 569 de 2011 
 Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.
 Hace saber: Que en el procedimiento de medidas provisionales previas a la demanda sobre guardia, custodia y medidas número 569 de 2011, a instancias de doña Celia Hela Alvear Tovar, contra don Edwin Reinaldo Miranda Mejía, en ignorado paradero, se ha dictado auto número 204 de 2012, de fecha 31 de octubre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
 Parte dispositiva:
 Su señoría ilustrísima dispuso: Que dando lugar a las medidas previstas solicitadas por doña Celia Hela Alvear Tovar, contra don Edwin Reinaldo Miranda Mejía, procede adoptar las siguientes medidas:
 1.a  Se atribuye la guarda y custodia de las dos hijas menores de edad de las partes a su madre, doña Celia Hela Alvear Tovar, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre las menores, sin que proceda establecer régimen de visitas alguno con su padre, dado que se desconoce su paradero, y desde mayo de 2010, que se marchó de España, no ha visitado a las menores.
 2.a  Se fija como domicilio de las menores, el de su madre, sito en esta ciudad, calle Santa María del Mar, número 1, bajo 4.
 3.a  No procede imponer al demandado la obligación de abonar alimentos a sus hijas, puesto que consta que no reside en España, y se desconoce por completo su lugar de residencia y los recursos económicos con que cuenta.
 Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 771.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
 Así lo manda y firma su señoría..Doy fe.
 Y para que sirva de notificación en forma a don Edwin Reinaldo Miranda Mejía y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extiendo y firmo el presente.
 En Madrid, a 31 de octubre de 2012..La secretaria (firmado).
 (03/37.135/12)</texto>
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