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    <fecha_publicacion>2012/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convocatoria concesiones
– Resolución de 28 de noviembre de 2012, de la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2012, para la formación de conductores profesionales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA 
 
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 RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2012, de la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2012, para la formación de conductores profesionales. 
 Mediante Orden de 7 de mayo de 2012, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2012), se efectuó la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2012, para la formación de conductores profesionales.
 Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de resolución. En dicha valoración se aplicaron los criterios y baremo establecidos por el artículo 4 de la convocatoria.
 A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la citada Orden de 7 de mayo de 2012, y demás normas concordantes,
 HE RESUELTO
 1.o  Otorgar las subvenciones que se relacionan en el Anexo I.
 2.o  Denegar las subvenciones que se relacionan en el Anexo II, por no justificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, según se detalla en dicho Anexo.
 3.o  Denegar las subvenciones que no figuran en el Anexo I ni en el Anexo II por agotamiento del crédito presupuestario previsto para esta finalidad, considerando la menor puntuación obtenida por las mismas y, en su caso, el criterio de desempate previsto en las bases reguladoras.
 Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
 Madrid, a 28 de noviembre de 2012..El Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, PD (Orden de 31 de octubre de 2012), el Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.
  
     
     
 
  (03/39.864/12)</texto>
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