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    <identificador>BOCM-20121208-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/12/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento ordinario 1.061 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>293</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Procedimiento ordinario 1.061 de 2011 
 Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 1.061 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Hidalgo Rodríguez y don Julio Alfonso García García, frente a “Encuadernación Espiral, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Técnicas de Manipulado y Carpetas, Sociedad Anónima”, y “Transformaciones Gráficas Europeas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
 Que estimando la demanda de don Antonio Hidalgo Rodríguez y don Julio Alfonso García García, condeno solidariamente a “Técnicas de Manipulado y Carpetas, Sociedad Anónima”, “Encuadernación Espiral, Sociedad Limitada”, y “Transformaciones Gráficas Europeas, Sociedad Limitada”, a que abonen a don Antonio Hidalgo Rodríguez la cantidad de 12.167,63 euros y don Julio Alfonso García García la cantidad de 8.209,74 euros en concepto de salarios devengados y no percibidos, más el 10 por 100 de intereses, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración.
 Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efectos, salvo las que revistan forma de auto, o sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
 Y para que sirva de notificación en legal forma a “Técnicas de Manipulado y Carpetas, Sociedad Anónima”, y “Encuadernación Espiral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 26 de octubre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (03/36.900/12)</texto>
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