<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121205-64</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>LAS ROZAS DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/12/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Notificación comparecencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>290</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-12-05-290291120120065</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/05/BOCM-20121205-64.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/05/BOCM-20121205-64.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/05/BOCM-20121205-64.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LAS ROZAS DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 64 
 Notificación comparecencia 
 El procedimiento que motiva la relación adjunta es la notificación del recibo y/o liquidación en período voluntario.
 El órgano responsable de la tramitación del procedimiento referenciado es la Tesorería Municipal de este Ayuntamiento.
 Los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en la Tesorería Municipal (Departamento de Recaudación Voluntaria-Caja), sito en la plaza Mayor, número 1, de Las Rozas de Madrid, en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en horario de nueve a trece, de lunes a viernes.
 Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados podrá interponerse recurso de reposición ante el alcalde en el plazo de un mes, a contar desde el día en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. No obstante, podrá interponer otro recurso que se considere procedente.
  
     
     
     
 
  Las Rozas de Madrid, a 13 de noviembre de 2012..El tesorero (firmado).
 (02/8.971/12)</texto>
</documento>