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    <titulo>Madrid número 7. Demanda 489 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>290</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Demanda 489 de 2012 
 Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 489 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Laura Gómez Solera, don Gonzalo Maganto Fernández, don José María Groba González, don Hugo Delgado Haro, don Alfonso Contreras Calderón, don Rodrigo Díaz Maroto, doña Cecilia Almudena Guerrero Salvador, doña Cristina Ventura Gómez y don José Antonio Cobos Maganto, contra don Francisco de Asís Javier Fiala, y “Cimafitness, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:
 Que estimando como estimo la demanda de despido presentada por los actores, contra la empresa “Cimafitness, Sociedad Limitada Unipersonal”, y contra don Francisco de Asís Javier Fiala, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores y extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de 22 de octubre de 2012, y debo condenar y condeno a dichas demandadas a estar y pasar por estas declaraciones y a abonar a los actores, en concepto de indemnización, las siguientes cantidades:
 A doña Laura Gómez Solera: 4.038,19 euros.
 A don Gonzalo Maganto Fernández: 2.304 euros.
 A don José María Groba González: 7.406,40 euros.
 A don Hugo Delgado Haro: 879,15 euros.
 A don Alfonso Contreras Calderón: 2.501,01 euros.
 A don Rodrigo Díaz Maroto: 515,54 euros.
 A doña Cecilia Almudena Guerrero Salvador: 2.116,59 euros.
 A doña Cristina Ventura Gómez: 494,70 euros.
 A don José Antonio Cobos Maganto: 492,92 euros.
 Que estimando como estimo la demanda de reclamación de cantidad presentada por los actores frente a los codemandados antes mencionados, debo condenar y condeno a estos a que abonen las cantidades siguientes, más los intereses legales.
 A doña Laura Gómez Solera: 2.000 euros.
 A don Gonzalo Maganto Fernández: 1.000 euros.
 A don José María Groba González: 3.550 euros.
 A don Hugo Delgado Haro: 550 euros.
 A don Alfonso Contreras Calderón: 310 euros.
 A don Rodrigo Díaz Maroto: 60 euros.
 A doña Cecilia Almudena Guerrero Salvador: 300 euros.
 A doña Cristina Ventura Gómez: 255 euros.
 A don José Antonio Cobos Maganto: 300 euros.
 Por no poderse computar las horas extraordinarias no trabajadas.
 Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado. Si se hiciese por transferencia, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1846/42/0005001274, indicando en el apartado “Concepto” 2505/0000/00 y el número de expediente (0000/00), así como la persona o empresa que efectúa el ingreso. Si el mismo se realiza en efectivo, se deberán indicar los últimos dieciséis dígitos mencionados obligatorios, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la misma cuenta la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
 Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Francisco de Asís Javier Fiala, y “Cimafitness, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 29 de octubre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/36.832/12)</texto>
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