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    <departamento>Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</departamento>
    <rango>ENCOMIENDA</rango>
    <fecha_publicacion>2012/12/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Encomienda de gestión
– Encomienda de gestión de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en materia de contratación y demás expedientes de gasto en el ámbito de las Secretarías Generales Técnicas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
 8 
 ENCOMIENDA de gestión de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en materia de contratación y demás expedientes de gasto en el ámbito de las Secretarías Generales Técnicas. 
 En Madrid, a 23 de noviembre de 2012.
 De una parte, don Alfonso Moreno Gómez, Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
 Y de otra parte, don Manuel Pérez Gómez, Secretario General Técnico de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
 EXPONEN
 Mediante Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, se ha establecido el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, habiéndose atribuido a la Consejería de Empleo, Turismo  y Cultura determinadas competencias que hasta dicha fecha correspondían a la antigua Consejería de Educación y Empleo.
 Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, al amparo de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha acordado encomendar a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte determinadas tareas en materia de contratación dentro del ámbito de competencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
 Como consecuencia de lo anterior, ambas partes, en nombre de las instituciones que representan y al amparo de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
 DISPONEN
 Primero
 Objeto
 Se encomienda a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte el conjunto de tareas que a continuación se relacionan, correspondientes al ámbito de competencias en materia de contratación y de gasto de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura:
 1.  La gestión de los expedientes de contratación en cada una de sus fases de tramitación hasta su formalización licitados públicamente por la extinta Consejería de Educación y Empleo y de sus expedientes de gasto que se hubieran venido imputando al programa presupuestario 500 “Dirección y gestión administrativa” y que sean competencia de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
 2.  La gestión de la ejecución de contratos suscritos por la extinta Consejería de Educación y Empleo y de los expedientes de gasto que se hubieran imputado al programa 500 “Dirección y gestión administrativa”, correspondientes al presupuesto 2012 y que sean competencia de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
 3.  La gestión de los expedientes de prórroga de contratos hasta la formalización de los mismos de la extinta Consejería de Educación y Empleo que se hubieran venido imputando al programa presupuestario 500 “Dirección y gestión administrativa” y que sean competencia de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
 Esta encomienda de gestión producirá efectos entre el día 28 de septiembre de 2012, fecha en la que entró en vigor el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, y el 31 de diciembre de 2012.
 Segundo
 Competencia
 La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
 Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales, técnicas y de servicios objeto de esta encomienda se adoptarán por los órganos administrativos competentes de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de acuerdo con la normativa vigente en la materia en los términos establecidos en el artículo 15.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 Madrid, a 23 de noviembre de 2012..El Secretario General Técnico de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, Manuel Pérez Gómez..El Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, Alfonso Moreno Gómez.
 (03/39.223/12)</texto>
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