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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 1.024 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 47 
 Demanda 1.024 de 2011 
 Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.024 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Moreno Tena, contra la empresa “Ámbar Electrotecnia, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
 Estimo la excepción de prescripción alegada por el Fondo de Garantía Salarial y declaro prescritas las cantidades reclamadas por el actor anteriores a agosto de 2010.
 Estimo parcialmente la demanda del actor don Manuel Moreno Tena y declaro debidas las cantidades reclamadas desde el salario de diciembre de 2010 en adelante.
 En consecuencia, condeno a la empresa demandada “Ámbar Electrotecnia, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone al demandante la cantidad de 5.924,64 euros de principal.
 Absuelvo a dicha empresa del resto de la cantidad reclamada por el actor.
 Asimismo, declaro la mora de la demandada, por lo que a las anteriores cantidades deberá incrementarse el 10 por 100 de interés anual moratorio desde la fecha en que se devengó hasta su total pago.
 Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará la cantidad objeto de condena hasta el límite legal, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.
 Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
 Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, así como el importe de la cantidad objeto de condena, con la indicación del número 1024/2011 de procedimiento, en la sucursal de “Banesto”, oficina en la sede del edificio de este Juzgado, en la primera planta.
 Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.
 Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ámbar Electrotecnia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 26 de octubre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/36.217/12)</texto>
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