<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121201-21</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>RIBATEJADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/12/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Ribatejada. Otros anuncios. Renumeración callejero</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-12-01-287221120120007</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/01/BOCM-20121201-21.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/01/BOCM-20121201-21.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/01/BOCM-20121201-21.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>RIBATEJADA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIBATEJADA 
 OTROS ANUNCIOS
 
 21 
 Renumeración callejero 
 Mediante la presente se notifica a todos los interesados el acuerdo de Pleno de fecha 7 de agosto de 2012, aprobatorio de la renumeración del callejero de este municipio.
 Visto que con fecha 21 de octubre de 2010, el Ayuntamiento decidió iniciar, de oficio, el procedimiento por el que se procederá a la renumeración de las diferentes calles que conforman el callejero de la localidad de Ribatejada.
 Visto que con fecha 25 de octubre de 2012 fue redactado informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y del procedimiento a seguir.
 Visto que con fecha 26 de octubre de 2010, el Alcalde dicta un bando al objeto de informar públicamente a todos los posibles interesados en el procedimiento de revisión del callejero de este municipio.
 Visto el documento redactado por parte de los Servicios Administrativos, por el cual se recoge la nueva numeración de callejero de la localidad, según los criterios de resolución de 9 de abril de 1997.
 Visto el informe-propuesta de Secretaría de fecha 6 de julio de 2012 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, en relación con el artículo 22.2.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Pleno adopta por mayoría absoluta (cuatro votos a favor y tres abstenciones) el siguiente acuerdo:
 Primero..Renumerar el callejero de este municipio dado que en los últimos años se han producido una importante cantidad de alteraciones debido a la construcción de nuevas viviendas, así como la segregación de parcelas existentes, todo ello, según el documento elaborado al efecto.
 Segundo..Notificar a los interesados, a las Administraciones Públicas interesadas y a las entidades, empresas y organismos que presten en el municipio servicios destinados a la colectividad (INE, servicio postal, compañía eléctrica, etcétera).
 Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Ribatejada, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
 En Ribatejada, a 8 de agosto de 2012..La secretaria, María del Carmen García Román.
 (03/37.293/12)</texto>
</documento>