<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121126-93</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/11/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Colmenar Viejo número 2. Juicio de faltas 375 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>282</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-11-26-282081120120145</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/11/26/BOCM-20121126-93.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/11/26/BOCM-20121126-93.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/11/26/BOCM-20121126-93.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 93 
 Juicio de faltas 375 de 2007 
 Doña Ángela Torres Mohedas, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.
 Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 375 de 2007 se ha dictado la presente resolución, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
 Auto
 Ilustrísima magistrada-juez de instrucción, doña Sonia Agudo Torrijos..En Colmenar Viejo, a 21 de septiembre de 2012.
 Parte dispositiva:
 Se declara firme la sentencia dictada en fecha 25 de enero de 2008 en la presente causa.
 Dispone a su vez el artículo 988 de la misma Ley procesal que cuando una sentencia sea firme, como ocurre en este caso, la magistrada-juez o tribunal lo declarará así, añadiendo a continuación que hecha esta declaración se procederá a ejecutar la sentencia, para lo cual:
 Requiérase a doña María Duric a fin de que en el plazo de una audiencia haga efectivo el pago de 90 euros en concepto de multa a la que ha sido condenada y proceda a su ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2367/0000/76/0375/07, bajo apercibimiento de iniciar la vía de apremio en caso de impago.
 Así lo dispone, manda y firma doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo.
 Y para que conste y sirva de notificación del auto de firmeza de 21 de septiembre de 2012 a doña María Duric, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 21 de septiembre de 2012..La secretaria (firmado).
 (03/35.645/12)</texto>
</documento>