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    <fecha_publicacion>2012/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Sociedad Local de Suelo y Vivienda de Aranjuez, S. A. Lista espera viviendas Mirador de El Príncipe</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>V. OTROS ANUNCIOS</seccion>
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  <texto>V. OTROS ANUNCIOS 
  SOCIEDAD LOCAL DE SUELO Y VIVIENDA DE ARANJUEZ, S. A. 
 
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 Lista espera viviendas Mirador de El Príncipe 
 La “Sociedad Local de Suelo y Vivienda de Aranjuez, Sociedad Anónima”, calle Capitán Angosto Gómez Castrillón, número 24, 28300 Aranjuez (Madrid), teléfono 918 929 157, informa sobre la lista de espera de las viviendas en régimen de arrendamiento con opción a compra para jóvenes (VPPBOCJ) de el “Mirador de El Príncipe”, en el municipio de Aranjuez.
 El consejo de administración de la “Sociedad Local de Suelo y Vivienda de Aranjuez, Sociedad Anónima”, en su sesión celebrada el 23 de octubre de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
 Notificar a los interesados incluidos en la lista de acceso a la vivienda protegida de arrendamiento con opción de compra para jóvenes (VPPBOCJ) ofertada por la sociedad que, en el plazo de cuarenta días naturales desde la notificación deberán manifestar a SAVIA, por cualquier medio admitido en derecho, su voluntad expresa de adquirir una vivienda, manteniéndose el mismo orden de prelación establecido en la lista de acceso. Dicha notificación se hará mediante su publicación en un diario oficial, un diario de tirada nacional, prensa local y en la página web de la sociedad y en su enlace en la página institucional del Ayuntamiento de Aranjuez, todo ello al objeto de alcanzar la máxima difusión.
 Transcurrido el indicado plazo, se procederá a elaborar una nueva lista con aquellos interesados que hubieran manifestado de manera expresa su voluntad de adquirir la vivienda de alquiler con opción de compra para jóvenes (VPPBOCJ), mateniéndose el mismo orden de prelación establecido en la lista anterior, excluidos aquellos que hubieran manifestado su renuncia o hubieran dejado transcurrir el plazo sin comunicar su intención de adquirir una vivienda de alquiler con opción de compra para jóvenes.
 Finalmente, se establece una reserva de cuatro viviendas, disponibles para cubrir posibles necesidades del Ayuntamiento de Aranjuez.
 Toda reclamación frente al presente acuerdo deberá presentarse a la Sociedad por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción en el plazo máximo de diez días naturales, a contar desde la publicación en el boletín oficial correspondiente. En caso de publicarse en varios boletines oficiales, el plazo se computará desde la fecha de la última publicación.
 Aranjuez, a 8 de noviembre de 2012..Firmado.
 (02/8.829/12)</texto>
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