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    <fecha_publicacion>2012/11/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Demanda 368 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 118 
 Demanda 368 de 2012 
 Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 368 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel María García Parra, contra la empresa “For Rent Ediciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
 Fallo
 Que estimando la demanda interpuesta por doña Isabel María García Parra, contra “For Rent Ediciones, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado a la actora con efectos de fecha 15 de febrero de 2012 y no siendo posible la readmisión, se tiene por hecha la opción por la indemnización, se declara extinguida la relación laboral condenando a la empresa al abono de una indemnización en cuantía de 16.866,23 euros.
 Y estimando igualmente la demanda, debo condenar y condeno a la empresa “For Rent Ediciones, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la cantidad de 1.843,10 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
 Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones contenidas en la demanda, sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda.
 Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “For Rent Ediciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 26 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (03/34.551/12)</texto>
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