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    <identificador>BOCM-20121117-121</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 756 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>275</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 121 
 Demanda 756 de 2012 
 Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 756 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfredo Franco Calvo, contra “Climaji, Sociedad Limitada”, “Internacional Tecair, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado en fecha 4 de octubre de 2012 la sentencia número 426 de 2012, del tenor literal siguiente:
 Fallo
 Que desestimando la demanda interpuesta, como parte actora, por don Alfredo Franco Calvo, contra “Climaji, Sociedad Limitada”, e “Internacional Tecair, Sociedad Anónima”, habiendo sido emplazado al Fondo de Garantía Salarial, absuelvo a las demandadas de las pretensiones de la demanda, y apreciando temeridad y mala fe en la parte actora, impongo al demandante sanción económica de 300 euros.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Climaji, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el  tablón de edictos de este Juzgado.
 En Madrid, a 10 de octubre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/34.357/12)</texto>
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