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    <identificador>BOCM-20121115-97</identificador>
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    <fecha_publicacion>2012/11/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Collado Villalba número 2. Juicio verbal 410 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>273</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 97 
 Juicio verbal 410 de 2011 
 En el presente procedimiento de juicio verbal número 410 de 2011, seguido a instancias de “Toscamaglia, Sociedad Limitada”, frente a doña Yolanda Gallego Marful, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
 Que, estimando la demanda interpuesta por “Toscamaglia, Sociedad Limitada”, contra doña Yolanda Gallego Marfil, declarar y declaro la existencia de una deuda contraída por la demandada derivada de un incumplimiento contractual, condenando por todo ello a la demandada al pago a la actora de la cantidad adeudada consistente en 1.600 euros, más los intereses legales de la misma desde la fecha de admisión a trámite de la demanda hasta la fecha en que su pago tenga lugar; con expresa imposición de costas al demandado.
 Notifíquese esta sentencia en legal forma a las partes.
 Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.
 Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.
 Así lo acuerdo, mando y firmo.
 Y, encontrándose dicha demandada, doña Yolanda Gallego Marful, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
 Collado Villalba, a 24 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (02/8.497/12)</texto>
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