<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121112-50</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/11/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Ampliación plazo expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>270</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-11-12-270061120120070</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/11/12/BOCM-20121112-50.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/11/12/BOCM-20121112-50.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/11/12/BOCM-20121112-50.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
 50 
 Ampliación plazo expedientes sancionadores 
 Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 El director general de Control de la Edificación ha dictado con fecha 27 de septiembre de 2012 resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/17663 contra “Thai Restaurant Consultant, Sociedad Anónima”, por la realización en la calle de Pinarillo, número 10, de actuaciones sin licencia o no ajustadas a la misma.
 Significándole que la anterior resolución no es susceptible de recurso por tratarse de un acto de mero trámite.
 Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificare la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando no obstante que el contenido de la notificación podrá ser consultado por el interesado en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda sito en la calle Guatemala, número 13.
 Madrid, a 18 de octubre de 2010..El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.
 (01/3.526/12)</texto>
</documento>