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    <fecha_publicacion>2012/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.601 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>269</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 92 
 Demanda 1.601 de 2010 
 Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.601 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CC. OO., contra comité de empresa del Ayuntamiento de Majadahonda, Asociación Profesional de Empleados de Notarías de Madrid, Unión General de Trabajadores, FEPEN y “Notaría Jorquera García”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
 Diligencia..En Madrid, a 24 de julio de 2012.
 La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en la Secretaría de este Juzgado el anterior escrito presentado en fecha 16 de julio de 2012. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
 Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 24 de julio de 2012.
 Visto el contenido de la diligencia que antecede, únase a los autos de su razón. Conforme se solicita, se designa como nuevo domicilio de “Notaría Jorquera García” el sito en la calle Sagasta, número 20, segundo derecha, 28004 Madrid, haciéndose constar que se llevarán a cabo las sucesivas notificaciones en ese domicilio.
 Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar ante quien dicta esta resolución dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
 Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
 Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a comité de empresa del Ayuntamiento de Majadahonda, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 5 de octubre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (03/33.826/12)</texto>
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