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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 202 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 98 
 Ejecución 202 de 2012 
 Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.631 de 2010, ejecución número 202 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ascensión Bello Jiménez, doña Azucena Fuentes Ropero y doña Angelita Plúa Méndez, contra don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
 Decreto
 Secretaria judicial, doña María Belén Gómez Rodríguez..En Madrid, a 28 de septiembre de 2012.
 Parte dispositiva:
 En atención a lo expuesto, se acuerda:
 a)  Declarar a los ejecutados don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 20.126,54 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional según el siguiente desglose:
 A doña Ascensión Bello Jiménez: 6.922,66 euros.
 A doña Azucena Fuentes Ropero: 3.581,26 euros.
 A doña Ángela Plúa Méndez: 9.622,62 euros.
 b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de los ejecutados.
 De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
 Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de revisión, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
 Se hace saber que para la interposición de recurso de revisión contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado en “Banesto”, cuenta número 0030/1846/42/0005001274, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
 Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
 Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).
 Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 28 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/33.274/12)</texto>
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