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    <titulo>Madrid número 90. Procedimiento ordinario 1.262 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>266</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90 
 EDICTO
 
 76 
 Procedimiento ordinario 1.262 de 2011 
 Doña Aurora García Álvarez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid.
 Hace saber: Que en los autos de procedimiento ordinario número 1.262 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado sentencia en fecha 1 de octubre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
 Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa, en nombre y representación de doña Concepción Herranz Aragonés, don Manuel Pérez Herranz, don Alfredo Pérez Herranz, doña María Agustina Pérez Fernández y doña Milagros Pérez Fernández, como parte demandante, contra los ignorados herederos de doña Josefa López Freigedo, como parte demandada, debo declarar y declaro la titularidad dominical de los actores sobre la vivienda sita en la calle Loreto y Chicote, número 6, cuarto derecha, de Madrid. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 27 de Madrid, al folio 107, tomo 176, que constituye la finca registral número 17.884, en las siguientes proporciones: doña María Agustina Pérez Fernández y doña Milagros Pérez Fernández como propietarias cada una de ellas de una tercera parte indivisa y don Manuel Pérez Herranz y don Alfredo Pérez Herranz como herederos de la tercera parte indivisa de su fallecido padre don Manuel Pérez Fernández, sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria de su viuda doña Concepción Herranz Aragonés.
 Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado dentro del término de veinte días, a partir de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.
 La interposición del recurso de apelación precisará la constitución de un depósito de 50 euros (clave 02).
 Las cantidades objeto de depósito deberán ser consignadas en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta de expediente 4149/0000/clave recurso/número de procedimiento (cuatro dígitos)/año.
 Si el ingreso se realiza mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso se indicará después de los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).
 Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
 Y para que así conste y sirva de notificación a los demandados ignorados herederos de doña Josefa López Freigedo, que se encuentran en ignorado paradero, extiendo el presente que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 1 de octubre de 2012..La secretaria (firmado).
 (02/8.111/12)</texto>
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