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    <fecha_publicacion>2012/11/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 627 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 72 
 Demanda 627 de 2012 
 Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 627 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Camino Mena, don Carlos González Montelalegre, don José Luis Serrano Ruiz, don Enrique García Arroyo y don Ángel Fernández Martín, contra la empresa “Indufabe, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
 Sentencia número 247 de 2012
 En Madrid, a 17 de septiembre de 2012..Doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandantes, don David Camino Mena, don Carlos González Montelalegre, don José Luis Serrano Ruiz, don Enrique García Arroyo y don Ángel Fernández Martín, que comparecen con el letrado don Miguel Ángel Herrero, y de otra, como demandada, “Indufabe, Sociedad Anónima”, no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:
 Fallo
 Estimando la demanda interpuesta por don David Camino Mena, don Carlos González Montelalegre, don José Luis Serrano Ruiz, don Enrique García Arroyo y don Ángel Fernández Martín, contra “Indufabe, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fueron objeto los demandantes el día 30 de abril de 2012, declarando la extinción de la relación laboral existente entre las partes, con efectos de la fecha de la presente sentencia, condenando a la empresa demandada a abonar a los demandantes la indemnización que para cada uno de ellos se relaciona:
 A don David Camino Mena: 5.991,47 euros.
 A don Ángel Fernández Martín: 3.163,32 euros.
 A don Enrique García Arroyo: 6.029,52 euros.
 A don José Luis Serrano Ruiz: 6.858,87 euros.
 A don Carlos González Montelalegre: 5.397,42 euros.
 Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2509/0000/00/0627/12, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” anteriormente mencionada la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
 Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Indufabe, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 20 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/33.185/12)</texto>
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