<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121031-58</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/10/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento ordinario 1.938 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>260</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-10-31-260251020120052</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/31/BOCM-20121031-58.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/31/BOCM-20121031-58.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/31/BOCM-20121031-58.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 58 
 Procedimiento ordinario 1.938 de 2010 
 En el procedimiento ordinario número 1.938 de 2010 se ha dictado auto de fecha 18 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
 Parte dispositiva:
 Estimar la demanda de tercería de dominio formulada por la procuradora señora Sánchez González, en nombre y representación de doña María Jesús Abarca López, contra la entidad “Banco Guipuzcoano, Sociedad Anónima”, como ejecutante, y “Urbanizadora Las Nieves, Sociedad Limitada”, como ejecutada, sobre la finca 10/3676 del Registro de la Propiedad número 2 de Toledo, parcela 347, sita en la localidad de Nambroca (Toledo), urbanización “Las Nieves”, perteneciente a la demandante, acordando alzar el ambargo trabado sobre la misma en el procedimiento cambiario 1529 de 2008, seguido en este Juzgado, y la cancelación de la anotación correspondiente al mismo, a los únicos efectos de la anterior ejecución, todo ello con condena en las costas a la demandada, “Banco Guipuzcoano, Sociedad Anónima”.
 Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que conta la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notifiación de esta resolución.
 Y como consecuencia del ignorado paradero de la codemandada, “Urbanizadora Las Nieves, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
 Madrid, a 8 de octubre de 2012..El secretario (firmado).
 (02/8.136/12)</texto>
</documento>