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    <titulo>Autorización instalación eléctrica
– Resolución de 25 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de una subestación transformadora de 66/20 kV, sita en ronda de Valdecarrizo, número 49, en el término municipal de Tres Cantos, solicitada por “Carburos Metálicos, Sociedad Anónima”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 10 
 RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de una subestación transformadora de 66/20 kV, sita en ronda de Valdecarrizo, número 49, en el término municipal de Tres Cantos, solicitada por “Carburos Metálicos, Sociedad Anónima”. 
 2012P371
 ANTECEDENTES DE HECHO
 Primero
 Con fecha 3 de julio de 2012 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Carburos Metálicos, Sociedad Anónima”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de instalación de una subestación, a la que acompaña el correspondiente proyecto, firmado por doña María González Ramos, visado número 11906417/01, en fecha 20 de junio de 2012, en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.
 Segundo
 Con fecha 17 de septiembre de 2012 tiene entrada informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (SEA 9.30/11) de fecha 27 de agosto de 2012, en el que se resuelve la no necesidad de someter el proyecto a ninguno de los procedimientos ambientales de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2002).
 Tercero
 Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).
 Cuarto
 En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
 FUNDAMENTOS DE DERECHO
 Primero
 La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010), para la simplificación de procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación en las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión; Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).
 Segundo
 Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas.
 Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
 Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,
 RESUELVE
 Primero
 Autorizar a “Carburos Metálicos, Sociedad Anónima”, la instalación de una subestación (2012P371-ISA94), de 66/20 kV, a instalar en ronda de Valdecarrizo, número 49, en el término municipal de Tres Cantos, cuyas características son las siguientes: 
 1.  Transformación:
 .	Un transformador de 10 MVA de potencia y relación de transformación 66/20 kV.
 2.  Sistema de 66 kV.
 Estará compuesto por las siguientes posiciones:
 .	Una posición de línea.
 .	Una posición de medida.
 .	Una posición de protección de transformador.
 3.  Sistema de 20 kV.
 Estará compuesto por las siguientes posiciones:
 .	Una posición de línea.
 .	Una posición de transformador.
 .	Una posición de batería de condensadores.
 4.  Elementos auxiliares:
 .	Una batería de condensadores de 0,579 MVAr y 20 seg.
 .	Una reactancia de puesta a tierra de 400 A y 10 seg.
 Segundo
 Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:
 1.  Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
 2.  El plazo de ejecución de la instalación será de un año contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole de que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
 3.  La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
 Tercero
 La presente autorización administrativa se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.
 Cuarto
 En la ejecución de la instalación se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid de fecha 12 de mayo de 2009.
 Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.
 Madrid, a 25 de septiembre de 2012..El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.
 (02/7.748/12)</texto>
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