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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 93 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

124 

Ejecución 93 de 2012 
    Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 93 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Egido Balzategui, doña Gloria Egido Balzategui y doña María Teresa Hernández Rodríguez, contra las empresas “Alborada Servicios y Sistemas, Sociedad Limitada”, “Montajes Eléctricos Ortega e Hijos, Sociedad Limitada”, y “Maidelor, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre cantidad, en fecha 18 de junio de 2012 se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes de la ejecutada “Alborada Servicios y Sistemas, Sociedad Limitada”, que les consten, advirtiéndoles que de no hacerlo así en el plazo señalado se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez que ha dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 del “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto”, la indicación “Recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”, o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos: 0030/1846/42/0005001274.
    Así por este decreto lo mando y firmo.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Alborada Servicios y Sistemas, Sociedad Limitada”, “Montajes Eléctricos Ortega e Hijos, Sociedad Limitada”, “Maidelor, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 18 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/32.381/12)</texto>
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