<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121026-172</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/10/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 31. Ejecución 30 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>256</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-10-26-256221020120002</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/26/BOCM-20121026-172.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/26/BOCM-20121026-172.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/26/BOCM-20121026-172.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31
    EDICTO
 

172 

Ejecución 30 de 2012 
    Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 30 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Gil Berrocal, contra la empresa “Edifitek Gestión de la Edificación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Amalia del Castillo de Comas..En Madrid, a 18 de julio de 2012.
    Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 9.977,09 euros de principal y 600 euros y 1.000 euros de intereses y costas provisionales sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 276.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución.
    Existiendo en la cuenta de depósitos del Juzgado la cantidad de 22,91 euros, requiérase a don Miguel Ángel Gil Berrocal, a fin de que comparezca en este Juzgado para retirar el correspondiente mandamiento de devolución o aporte un número de cuenta para ingresarle dicha cantidad, bajo apercibimiento de que de no hacer ninguna manifestación se ingresará dicha cantidad en la cuenta de fondos abandonados.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al día siguiente de su notificación.
    Así lo acuerdo y firmo, doy fe..La secretaria judicial.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Edifitek Gestión de la Edificación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 24 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/32.211/12)</texto>
</documento>