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    <fecha_publicacion>2012/10/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torres de la Alameda. Régimen económico. Rectificación saldos contables</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torres de la Alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Rectificación saldos contables 
    En la sesión ordinaria de 27 de septiembre de 2012 celebrada por el Pleno Municipal se aprobó inicialmente la rectificación de saldos contables dando de baja las obligaciones pendientes de pago declaradas prescritas, según y en los términos que constan en el decreto 668/2012, de 2 de julio, de la concejala de Hacienda, y en el informe de intervención de 3 de septiembre de 2012.
    Hacer público el acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que los interesados puedan consultar el expediente y formular alegaciones o reclamaciones en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    El expediente se encuentra en la Secretaría General y el horario de atención al público es de nueve a catorce y treinta, en el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, sito en la plaza del Sol, número 16, Torres de la Alameda (Madrid).
    Torres de la Alameda, a 28 de septiembre de 2012..La alcaldesa-presidenta, Clara Torre Ruiz.
    (03/33.142/12)</texto>
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