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    <titulo>– El Molar. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto vehículos tracción mecánica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal impuesto vehículos tracción mecánica 
    Por acuerdo plenario de 4 de octubre de 2012, se aprobó provisionalmente la modificación de los artículos 3 y 6 de la ordenanza fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
    Dichas modificaciones se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 111 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
    a)	Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    b)	Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
    c)	Órgano ante quien se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
    En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
    El Molar, a 5 de octubre de 2012..El alcalde, Emilio de Frutos.
    (03/33.147/12)</texto>
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