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    <fecha_publicacion>2012/10/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 333 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>251</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

109 

Demanda 333 de 2011 
    Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 333 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Radha Orquídea Mancebo Feliz, contra las empresas “Chaine Hostelera, Sociedad Limitada”, y “Monpoga, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 6 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Auto
    En Madrid, a 6 de septiembre de 2012..Dada cuenta, y visto el estado de las actuaciones; y...
    Por todo lo cual, dispongo: Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Radha Orquídea Mancebo Feliz con las empresas “Chaine Hostelera, Sociedad Limitada”, y “Monpoga, Sociedad Limitada”, condenando a las entidades demandadas a que abonen a la parte ejecutante las siguientes cantidades.
    En concepto de indemnización la cantidad de 6.409,82 euros, resultado de calcular cuarenta y cinco días por año trabajado hasta la presente resolución (6 de septiembre de 2012).
    En concepto de salarios de tramitación la cantidad resultante desde la fecha de despido (13 de febrero de 2011) y hasta el día de la fecha de esta resolución, lo que supone cuatrocientos noventa y ocho días (se ha descontado los días trabajados), por un salario/día de 44,95 euros resulta la cantidad de 22.387,75 euros.
    Modo de impugnarla: notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que la misma no es firme y contra ella podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días contados desde el siguiente al de su notificación.
    Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2524/0000/00, seguido del número de autos, debiendo acreditarse dicho ingreso con el justificante de ingreso, que deberá unirse al escrito en el que se interpone el recurso de reposición.
    Así lo mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.
    Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Chaine Hostelera, Sociedad Limitada”, y “Monpoga, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 14 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/31.217/12)</texto>
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