<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121005-172</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/10/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 210 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-10-05-238210920120191</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/05/BOCM-20121005-172.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/05/BOCM-20121005-172.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/05/BOCM-20121005-172.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

172 

Ejecución 210 de 2010 
    Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 210 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Veselín Bintov Yonkev y don Iván Yonchev Petrov, contra la empresa “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
    Acuerdo: Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en el presente procedimiento en los hechos y acciones de los trabajadores don Veselín Bintov Yonkev por la cuantía de 546 euros y don Iván Yonchev Petrov por la cuantía de 574,56 euros.
    Hágase saber a las partes que la presente resolución no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante el secretario que ha dictado la presente resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
    Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 3 de septiembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/29.669/12)</texto>
</documento>