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    <fecha_publicacion>2012/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 1.200 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

161 

Demanda 1.200 de 2011 
    Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.200 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio López Molero, don Valentín Dimitrov Valchev, don Taras Lukach y don Teodosi Nedyalkov Petrov, contra la empresa “Salento Logística, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 30 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla y completar la misma, quedando el fallo tal y como se dice a continuación.
    Que estimando la demanda interpuesta por don José Antonio López Molero, don Valentín Dimitrov Valchev, don Taras Lukach y don Teodosi Nedyalkov Petrov, debo declarar y declaro la improcedencia de la decisión empresarial de amortización del puesto de trabajo, en aplicación de lo establecido en el artículo 52.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, y en consecuencia, declaro extinguida con esta fecha la relación laboral y debo condenar al empresario a:
    1.o  A que abone:
    Al trabajador don José Antonio López Molero una indemnización en cantidad de 26.678,61 euros, calculada desde el día 22 de octubre de 1999 hasta el 11 de octubre de 2011, a razón de cuarenta y cinco días de salarios por año de servicio, sobre un salario de 1.492,63 euros/mes, equivalente a 49,75 euros/día.
    Al trabajador don Valentín Dimitrov Valchev una indemnización en cantidad de 13.619,06 euros, calculada desde el día 6 de septiembre de 2005 hasta el 11 de octubre de 2011, a razón de cuarenta y cinco días de salarios por año de servicio, sobre un salario de 1.492,63 euros/mes, equivalente a 49,75 euros/día.
    Al trabajador don Taras Lukach una indemnización en cantidad de 8.022,18 euros, calculada desde el día 4 de marzo de 2008 hasta el 11 de octubre de 2011, a razón de cuarenta y cinco días de salarios por año de servicio, sobre un salario de 1.492,63 euros/mes, equivalente a 49,75 euros/día.
    Al trabajador don Teodosi Nedyalkov Perón una indemnización en cantidad de 12.039,90 euros, calculada desde el día 23 de marzo de 2006 hasta el 11 de octubre de 2011, a razón de cuarenta y cinco días de salarios por año de servicio, sobre un salario de 1.437,79 euros/mes, equivalente a 47,92 euros/día.
    2.o  Al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que tuvo lugar el día 11 de octubre de 2011 hasta la fecha de esta sentencia a razón de 49,75 euros/día, excepto don Teodosi Nedyalkov Petrov a razón de 47,92 euros/día, por un importe total de 10.497,25 euros para don José Antonio López Molero (calculado hasta el 10 de mayo de 2012), 12.487,25 euros para don Valentín Dimitrov Valchev, 12.487,25 euros para don Taras Lukach y 12.027,92 euros para don Teodosi Nedyalkov Perón.
    3.o  Al abono de una indemnización por falta de preaviso de quince días de salario en cantidad de 746,25 euros para don José Antonio López Molero, don Valentín Dimitrov Valchev y don Taras Lukach, y 718,80 euros para don Teodosi Nedyalkov Perón.
    4.o  No procede la declaración de responsabilidad subsidiaria de Fondo de Garantía Salarial.
    Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María José Ceballos Reinoso.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Salento Logística, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 30 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/29.617/12)</texto>
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