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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Sexta. Recurso 374 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
    SALA DE LO SOCIAL
    Sección Sexta
    EDICTO
 

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Recurso 374 de 2011 
    En las actuaciones del recurso de suplicación número 374 de 2011, seguidas ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, con fecha de 5 de septiembre de 2012 se ha dictado resolución siguiente:
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, señora Egido Trillo Figueroa..En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.
    Recibido el anterior escrito, únase; se tiene por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina por el letrado don José Luis Fernández Chillón contra la sentencia dictada por esta Sala. Emplácese a las partes para su personación por escrito por medio de letrado ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho la parte recurrente con la remisión de los presentes autos. Recábese de la Sección Segunda de este Tribunal el testimonio de la sentencia de contraste citada.
    Dado que las demandadas “Edificios, Vías y Puentes, Sociedad Limitada”, y “Desarrollos Empresariales Albéniz, Sociedad Anónima”, se hallan en ignorado paradero, empláceseles mediante edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Se advierte a las partes que deberán acreditar su representación de constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 del texto refundido de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
    Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a “Edificios, Vías y Puentes, Sociedad Limitada”, y “Desarrollos Empresariales Albéniz, Sociedad Limitada”, a los efectos y plazo acordados, se expide el presente edicto en Madrid, a 5 de septiembre de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/29.868/12)</texto>
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