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    <departamento>Consejería de Transportes e Infraestructuras</departamento>
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    <titulo>Ficheros datos personales
– Orden de 21 de septiembre de 2012, por la que se suprime el fichero de datos de carácter personal denominado “Encuesta Domiciliaria de Movilidad en día laborable medio de 2004 en la Comunidad de Madrid (EDM04)” y se crean los ficheros denominados “Imágenes CRTM” y “Sigret”, todos ellos del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>236</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS           
 

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Orden de 21 de septiembre de 2012, por la que se suprime el fichero de datos de carácter personal denominado “Encuesta Domiciliaria de Movilidad en día laborable medio de 2004 en la Comunidad de Madrid (EDM04)” y se crean los ficheros denominados “Imágenes CRTM” y “Sigret”, todos ellos del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid. 
    La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley, se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, se prevé que, en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, la aprobación de dicha disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo.
    Por Orden de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid de fecha 27 de septiembre de 2004, se creó un fichero manual de datos de carácter personal, denominado “ENCUESTA DOMICILIARIA DE MOVILIDAD EN DÍA LABORABLE MEDIO DE 2004 EN LA COMUNIDAD DE MADRID (EDM04)”, gestionado por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid. 
    Dado que dichas encuestas se realizaron por medio de cuestionarios en los que, a diferencia de campañas anteriores, había sido suprimida toda información impresa que permitiera la identificación de las personas participantes en la encuesta, tales como el nombre, el teléfono y el domicilio, sustituyéndose la misma por un código numérico, la confidencialidad quedaba garantizada al no recoger datos de carácter personal, no habría sido preciso realizar la declaración de los ficheros ante la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, como oportunamente se señaló en su día por parte del consultor de la misma.
    En atención a lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, resulta oportuna la supresión del fichero denominado “ENCUESTA DOMICILIARIA DE MOVILIDAD EN DÍA LABORABLE MEDIO DE 2004 EN LA COMUNIDAD DE MADRID (EDM04)”, en el sentido señalado, por medio de disposición general publicada en el diario oficial correspondiente.
    Por otra parte, al Consorcio Regional de Transportes interesa disponer de un banco de imágenes de personas que puedan ser utilizadas para las diversas campañas publicitarias del organismo, campañas dirigidas a las personas y campañas con las que se pretende acercar el transporte a las mismas como actuales o futuros usuarios del transporte público de Madrid, dando así imagen al eslogan publicitario del Consorcio de Transportes de Madrid “Unimos personas”.
    Habida cuenta la imagen tiene la consideración de datos de carácter personal, definiéndose estos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, como cualquier información concerniente a personas físicas identificadas e identificables, cualquier tratamiento que se realice con imágenes (captación, almacenamiento, cesión, …) debe respetar los principios básicos de la protección de datos, lo que precisa y exige la creación de un fichero de datos de carácter personal que contenga las referidas imágenes, ya que, salvo que la imagen corresponda a un titular de un abono transporte, no es posible su integración en ninguno de los ficheros existentes.
    En atención a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se hace necesario la creación del fichero “IMÁGENES CRTM” por medio de disposición general publicada en el diario oficial correspondiente. 
     Por último, debido a la exponencial progresión de la utilización de las tecnologías de la información y de los medios electrónicos en las relaciones de los ciudadanos con las Administraciones Públicas, derecho por otro lado reconocido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se hace necesaria la creación de un fichero de datos de carácter personal automatizado denominado “SIGRET”, cuya finalidad es el control de las quejas y reclamaciones on line de los usuarios del transporte público y en el que se prevé como procedencia y procedimiento de recogida de los datos, las declaraciones del propio interesado o de su representante legal, en soporte informatizado, a través de correo electrónico e Internet.
    En atención a lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se hace necesaria la creación del fichero denominado “SIGRET”, en el sentido señalado, por medio de disposición general publicada en el diario oficial correspondiente.
    La supresión y creación de los ficheros a que se refiere la presente Orden se ajusta a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    De conformidad con el procedimiento establecido en la mencionada Ley 8/2001, de 13 de julio, y en el Decreto 99/2002, de 13 junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposición general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, se ha elaborado la presente Orden, recabándose, con carácter previo a su aprobación, el preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. 
    En virtud de cuanto antecede,
    DISPONGO
    Artículo 1
    Supresión de fichero
    Se suprime el fichero de datos de carácter personal del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid denominado “ENCUESTA DOMICILIARIA DE MOVILIDAD EN DÍA LABORABLE MEDIO DE 2004 EN LA COMUNIDAD DE MADRID (EDM04)”, en el sentido que se refleja en el Anexo I de la presente Orden.
    Artículo 2
    Creación del fichero denominado IMÁGENES CRTM
    Se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “IMÁGENES CRTM”, cuyo contenido se describe en el Anexo II de la presente Orden, señalándose, específicamente, que contará con las medidas de seguridad establecidas para los ficheros de nivel básico, de conformidad con lo previsto en el artículo 81.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se implantan las distintas medidas de seguridad.
    Artículo 3
    Creación del fichero denominado SIGRET
    Se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “SIGRET”, cuyo contenido se describe en el Anexo III de la presente Orden, señalándose, específicamente, que contará con las medidas de seguridad establecidas para los ficheros de nivel básico, de conformidad con lo previsto en el artículo 81.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se implantan las distintas medidas de seguridad.
    DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
    Entrada en vigor
    La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Madrid, a 21 de septiembre de 2012.
    		El Consejero de Transportes e Infraestructuras, 		PABLO CAVERO MARTÍNEZ DE CAMPOS
    ANEXO I
    SUPRESIÓN DE FICHEROS
    Fichero: 2042820003 EDM04.
    Motivo de la supresión: Los datos de carácter personal contenidos en el fichero han sido sustituidos por códigos alfanuméricos.
    Destino de la supresión: Se ha procedido a la destrucción de los soportes que contenían los datos de carácter personal.
    ANEXO II
    CREACIÓN DE FICHEROS
    Fichero: IMÁGENES CRTM.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Transportes e Infraestructuras, Consorcio Regional de Transportes, Gerencia.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Transportes e Infraestructuras, Consorcio Regional de Transportes, Gerencia.
    Nombre y descripción del fichero: IMÁGENES CRTM.
    Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.
    Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.
    Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, marcas físicas, imagen/voz.
    .	Otros datos de carácter identificativo: Correo electrónico. 
    .	Otros tipos de datos: Datos de caraterísticas personales. 
    Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Promoción del sistema de transporte público de la Comunidad de Madrid.
    Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Ciudadanos y residentes. 
    Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.
    Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.
    ANEXO III
    CREACIÓN DE FICHEROS
    Fichero: SIGRET.
    Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Transportes e Infraestructuras, Consorcio Regional de Transportes, Gerencia.
    Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Transportes e Infraestructuras, Consorcio Regional de Transportes, Gerencia.
    Nombre y descripción del fichero: SIGRET.
    Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.
    Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.
    Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:
    .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.
    .	Otros datos de carácter identificativo: Dirección de correo electrónico. 
    Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Control de las quejas y reclamaciones de los usuarios del transporte público por medios telemáticos.
    Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Ciudadanos y residentes. 
    Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.
    Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.
    (03/31.846/12)</texto>
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