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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 617 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

41 

Demanda 617 de 2011 
    Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 617 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutua Universal Mugenat” contra doña Beatriz Martínez de Dios, don Emilio Martín Narros, “Eddagás, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
    Sentencia número 195 de 2012
    En Madrid, a 29 de junio de 2012..Doña Ana Victoria Jiménez Jiménez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social, entre partes: de una, y como demandante, “Mutua Universal Mugenat”, que comparece asistida por la letrada doña María Teresa Catalina Sánchez, y de otra, como demandados, doña Beatriz Martínez de Dios, don Emilio Martín Narros, “Eddagás, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, que comparecen asistidos por la letrada doña María Isabel Valera Álvarez Quiñones, ha dictado la siguiente sentencia:
    Fallo
    Estimando la demanda interpuesta por “Mutua Universal Mugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 19”, contra “Eddagás, Sociedad Limitada”, doña Beatriz Martínez de Dios, don Emilio Martín Narros, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación de cantidad, debo declarar y declaro la responsabilidad de la empresa demandada “Eddagás, Sociedad Limitada”, respecto del pago  a la mutua demandante de la cantidad total de 11.106,74 euros, condenando a los demandados a estar y pagar por la citada declaración y, a la empresa “Eddagás, Sociedad Limitada”, a abonar a la mutua demandante la mencionada cantidad por los conceptos indicados.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2509/0000/00/0617/11, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” arriba mencionada la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Eddagás, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 23 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/29.326/12)</texto>
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