<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120903-38</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CHAPINERÍA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/09/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Chapinería. Régimen económico. Padrón contribuyentes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>210</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-09-03-210290820120052</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/09/03/BOCM-20120903-38.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/09/03/BOCM-20120903-38.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/09/03/BOCM-20120903-38.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Chapinería</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

38 

Padrón contribuyentes 
    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 88 del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación, se hace público:
    Que mediante decreto de Alcaldía de 9 de agosto de 2012 se aprobó el siguiente padrón de contribuyentes:
    Denominación del padrón: impuesto sobre actividades económicas matrícula 2012.
    Importe: 1.552,96 euros.
    El referido padrón se encuentra expuesto al público en las oficinas municipales a fin de que por los interesados puedan ser examinados y presentarse cuantas alegaciones estimen oportunas contra el mismo, en el supuesto de no presentarse ninguna reclamación durante el período de exposición pública, el acuerdo provisional quedará elevado a definitivo sin más trámites, pudiendo interponer contra el mismo el recurso de reposición a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    El plazo de ingreso en período voluntario será el establecido en el calendario general de recaudación, aprobado y posteriormente publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Chapinería, a 9 de agosto de 2012..El alcalde, Ángel Luis Fernández Robles.
    (02/6.746/12)</texto>
</documento>