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    <fecha_publicacion>2012/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 258 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>206</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

135 

Ejecución 258 de 2011 
    Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 258 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estrella Fernández Clemente Gómez, contra “Work-Group Servicio de Montajes, Sociedad Limitada”, “Industrias Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”, “Bitton Equipamientos, Sociedad Limitada”, y “Grupo Bittal AAP Corporation, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 24 de julio de 2012 del tenor literal siguiente:
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a las ejecutadas “Work-Group Servicio de Montajes, Sociedad Limitada”, “Industrias Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”, “Bitton Equipamientos, Sociedad Limitada”, y “Grupo Bittal AAP Corporation, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 7.129,23 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social una vez firme la presente resolución remítase testimonio al registro mercantil o al registro que corresponda según la naturaleza de la entidad ejecutada a los efectos que procedan.
    Y una vez firme, hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Work-Group Servicio de Montajes, Sociedad Limitada”, “Industrias Almazán Aguilera, Sociedad Limitada”, y “Bitton Equipamientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.
    En Madrid, a 24 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/27.749/12)</texto>
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